A diez años del “Proyecto Inocentes”, el defensor regional de Los Ríos, Luis Soto, destacó los alcances de la iniciativa que implementó el año 2013 la Defensoría Penal Pública, inspirada en el Innocence Project de Estado Unidos, luego de constatar que en Chile no existía un espacio de difusión de inocencia y reparación del daño público para personas injustamente encarceladas.
“Un lugar que además diera cuenta de errores o debilidades en cuanto a procedimientos y la necesidad de protocolos que minimicen el riesgo de encarcelar a personas inocentes por parte del sistema penal, posibles errores en lo que, por cierto, también nos incluimos nosotros como institución”, indica.
A la fecha el comité editorial del Proyecto Inocentes ha seleccionado 75 casos, de los cuales dos son de la región de Los Ríos; el caso de Elizabeth Mendoza y Luis Ojeda, sobreseídos por inocencia el año 2017 de un robo con intimidación en una botillería del sector regional de Valdivia y el caso de Gabriel Zapata, absuelto con prueba exculpatoria el año 2013 de abuso sexual en contra de sus dos hijas en Lanco.
“En el Proyecto Inocentes hablamos de casos, algunos con acusaciones de delitos altamente estigmatizantes, en los que hubo prueba exculpatoria contundente y el error de procedimiento o actuar de algún agente del Estado es evidente y grave. Aquí no califican casos en los que no se logró acreditar que alguien cometió un delito o hubo prueba contradictoria, sino que se trata de casos en que las personas muchas veces no debieron haber sido siquiera imputadas y donde hay prueba que los exculpa sin ninguna duda”, comenta.
Mejorar protocolos
Respecto a los errores del sistema penal que el Proyecto Inocentes ha despejado como criterio para que los casos formen parte de la iniciativa, Soto mencionó identificaciones erróneas, declaraciones y confesiones falsas, errores periciales o de ciencia limitada, la mala conducta de agentes del Estado e incluso de la propia defensa por negligencia o falta de servicio. “El Proyecto Inocentes, además, busca poner luz y abrir el debate acerca de métodos de reconocimiento e interrogatorio, acceso a pruebas de ADN, preservación de evidencia y reparaciones e indemnizaciones a personas injustamente privadas de libertad por el Estado”, precisa.
Otra arista que recalca el penalista, es mejorar los métodos y elaborar protocolos exhaustivos de reconocimiento de personas, para evitar identificaciones erróneas, en tanto, según asegura, existe una cantidad de estudios concluyentes sobre un alto porcentaje de error en las percepciones y subjetividades de una persona al intentar reconocer a otra. “Aquí está en juego la libertad y la dura experiencia de la cárcel de personas, por lo que ejercer nuestra labor con la máxima rigurosidad en estos procedimientos, es un deber mínimo de quienes estamos en el Estado”, puntualiza.
Evidencias desechadas
Otra falencia que destaca el defensor, es la necesidad de incorporar registros o videograbaciones de declaraciones y confesiones para evitar cualquier irregularidad y, además, aumentar el tiempo de preservación de evidencias. “En Chile no existe la obligatoriedad de conservar muestras orgánicas, para que conforme avanza la ciencia pueda eventualmente desvirtuarse una condena, que, por cierto, impacta a toda una familia. Hoy en nuestro país, la evidencia se conserva un máximo de seis meses terminado el juicio por lo que, si surgieran técnicas científicas a futuro, la evidencia que condenó a una persona ya habrá sido destruida. Así, la liberación de una persona inocente es imposible, aun cuando la ciencia avance”, sostiene.
Por otra parte, el abogado enfatizó en que el principio de objetividad debe permear la persecución penal en cualquier caso. “Y no caer en el llamado ‘efecto túnel’, es decir, cuando la investigación se dirige empecinadamente hacia una o más personas como responsables, desvirtuando otras líneas de investigación que puedan surgir. No hablamos de una omisión cualquiera y que se pueda resarcir sino una que puede implicar el paso por el mundo carcelario de personas, por lo general pobres, cuyos derechos son vulnerados por un Estado que debe velar por protegerlos”, declara.
Ni disculpas
En cuanto a la reparación, Soto afirma que es una tarea pendiente terminar con las “extensas, engorrosas y escasas” indemnizaciones que el Estado ha entregado a personas que fueron privadas de libertad injustamente y no hay en el país legislación al respecto. “Ante ese vacío, y debido a que la Defensoría no puede llevar a cabo estas acciones judiciales, la institución se alió con la Fundación Pro Bono, que deriva los casos a distintos estudios jurídicos para emprender las acciones civiles”, explica. Según comenta el abogado, a partir de ese convenio es que se dio curso a la demanda por indemnización de perjuicios en representación de Elizabeth Mendoza y su familia y Luis Ojeda, cuya resolución está pendiente en el primer Juzgado Civil de Valdivia.
“Participar en el sistema penal, desde cualquier rol, es un trabajo de una tremenda responsabilidad, donde hay que despojarse en lo posible de egos mal llevados, prejuicios y sopesar nuestra responsabilidad, porque ya sea la desidia o la rigidez pueden afectar la vida de personas y sus familias, la mayoría, además, del sector de la población más pobre de nuestro país”, enfatiza.
Populismo penal
Desde una mirada estructural, el Defensor Regional de Los Ríos, reflexionó que si bien Chile tiene un sistema penal moderno, este ha sufrido muchas modificaciones legales. “Hemos visto cómo a veces se legisla con el titular del diario, la tendencia del minuto en redes sociales o los enfoques de un matinal de televisión. Además, no tenemos una regulación sobre el derecho al olvido que obligue a los medios de comunicación a consignar que una persona, que fue tratada como criminal, es inocente. Hoy es un asunto de voluntad y no existe una regulación que podría ayudar a la reparación del tremendo daño emocional y social que eso supone”, afirma.
Por otra parte, el abogado indicó que la Defensoría ha advertido reiteradamente que la prisión preventiva durante la investigación no puede convertirse en una pena anticipada para miles de personas que -eventualmente- terminarán condenadas a penas en libertad o serán absueltas de todo cargo. Refrenda lo anterior, según el penalista, que desde que comenzó la reforma procesal penal en Chile, hasta junio de este año, 39.235 personas imputadas de algún delito, estuvieron en prisión preventiva y luego fueron absueltas en un juicio oral, sobreseídas porque no existió el delito o se demostró su inocencia durante la investigación, o el Ministerio Público decidió no perseverar en la investigación en su contra porque no había mérito para continuar la indagatoria.
“Lo de la puerta giratoria es un mito, en Chile existe un excesivo uso de la prisión preventiva y si – a propósito de errores o malas prácticas hay gente injustamente presa- una regla básica es que hagamos una regulación de su aplicación mucho más racional que la que tenemos. De lo contrario, se contraviene lo que ha dicho la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a que la privación de libertad debe ser absolutamente excepcional, lo que, por lo demás, siempre fue el espíritu de la Reforma Procesal Penal”, comenta.
Por último, el jefe de la Defensoría Penal Pública en Los Ríos invitó a visitar el portal www.proyectoinocentes.cl, donde se alojan las historias con sus respectivos documentos judiciales de casos en todo el país.
“La prolijidad de procedimientos no arriesgan la impunidad, sino que robustece nuestro sistema penal al sancionar a quienes corresponde. Cuando se pide cárcel como primera respuesta ante cualquier caso, nos parece importante invitar a visitar estas historias de inocentes para tomar conciencia de lo que está en riesgo; la libertad de una persona y la afectación de todo su entorno. La reparación es fundamental a la hora de restablecer la honra y los derechos de quienes han sido tratados injustamente como criminales, pero lo es mucho más ser proactivos y tomar decisiones para minimizar la posibilidad de que estos casos sucedan”, concluye.
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