La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) impuso una sanción de 5.020,8 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $4 mil millones, a la empresa Residuos Industriales del Sur Limitada, propietaria del proyecto “Planta de Reconversión de Materiales Residuales Rilesur Ltda.”, tras detectar diversas infracciones a la normativa ambiental vigente.
El proyecto, ubicado en la comuna de Paillaco, está enfocado en la gestión de materiales residuales orgánicos e inertes en distintos estados, provenientes de múltiples sectores, con el objetivo de producir biosólidos estabilizados mediante co-digestión anaeróbica controlada. Sin embargo, tras una serie de denuncias por malos olores, la planta fue objeto de fiscalizaciones realizadas por la SMA en conjunto con organismos como la Seremi de Salud, la SISS, el SAG y CONAF.
Incumplimientos detectados
La inspección ambiental derivó en la formulación de siete cargos contra Rilesur, de los cuales cuatro fueron acreditados por la SMA. Entre las principales irregularidades constatadas, destaca la insuficiente instalación de chimeneas en las zanjas de co-digestión, con solo una por zanja en lugar de las cuatro requeridas por la Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Asimismo, se identificó la ausencia de canales para aguas lluvias en áreas críticas de la planta, la ejecución de modificaciones no autorizadas en el proyecto, y la falta de obtención del permiso ambiental sectorial (PAS N°102) exigido por la normativa.
Reacciones y medidas adoptadas
La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, enfatizó que el cumplimiento de las normativas ambientales es fundamental para garantizar el adecuado funcionamiento de cualquier proyecto. “La supervisión ambiental verificó serios incumplimientos a los permisos otorgados, lo que desencadenó este procedimiento sancionatorio”, señaló.
Aunque la empresa presentó un programa de cumplimiento para corregir las irregularidades, la SMA determinó que las acciones comprometidas no se ejecutaron de manera íntegra, lo que llevó a la reactivación del proceso sancionatorio.
Obligación de regularización y pago de multa
Además de la multa económica, la resolución exige que las modificaciones realizadas al proyecto sean ingresadas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), conforme a lo solicitado por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Esto se debe a que las alteraciones realizadas son consideradas significativas y requieren una nueva evaluación.
De acuerdo con la normativa, la multa deberá ser pagada en la Tesorería General de la República en un plazo máximo de diez días hábiles desde la notificación de la sanción.